Personero 2023

Será un estudiante del grado Once, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los educandos consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. Será elegido dentro de los 45 días siguientes a la iniciación de clases, de un periodo académico.

Funciones del personero estudiantil:

  1. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los educandos, para lo cual    podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir colaboración al consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación.
  2. Recibir y evaluar quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y a las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los educandos.
  3. Presentar ante el Rector o Coordinador, según las competencias, las solicitudes de oficios o petición de partes que considere necesarias para proteger los derechos de los educandos y facilitar el cumplimiento de los deberes.
  4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.



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